Los hogares que enfrentan condiciones de vulnerabilidad tendrán una nueva oportunidad para acceder a un apoyo destinado al pago del alquiler. La Secretaría Distrital del Hábitat anunció una nueva convocatoria de Arrendamiento Temporal Solidario y, antes de iniciar las postulaciones, realizará una jornada para orientar a las familias sobre los requisitos, documentos y condiciones que deben cumplir.
Tabla de Contenido
¿Qué es el subsidio de Arrendamiento Temporal Solidario?
El programa Arrendamiento Temporal Solidario es una ayuda económica del Distrito dirigida a hogares residentes en Bogotá que se encuentran en determinadas condiciones de vulnerabilidad.
Su objetivo es contribuir de manera parcial o total con el pago mensual de una vivienda en alquiler mientras las familias avanzan en su estabilización socioeconómica o encuentran una solución habitacional definitiva.
La ayuda se entrega una sola vez como beneficio, pero los desembolsos se realizan mensualmente durante un periodo máximo de seis meses.
¿Cuánto paga el subsidio de arriendo?
Para 2026, el valor puede llegar hasta 0,62 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a un máximo de $1.085.561 mensuales.
Esto significa que, si un hogar recibe el monto máximo durante los seis meses previstos, el apoyo podría alcanzar:
$1.085.561 × 6 meses = $6.513.366
Es importante aclarar que el programa está destinado a cubrir total o parcialmente el canon mensual y que la asignación está sujeta al cumplimiento de las condiciones establecidas por la Secretaría.
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¿Cuándo abre la nueva convocatoria?
De acuerdo con la información oficial difundida para esta jornada, las postulaciones están previstas para abrir el 7 de septiembre de 2026. Antes de esa fecha, las personas interesadas podrán recibir orientación para preparar correctamente su solicitud.
Jornada de orientación antes de las inscripciones
El 4 de septiembre de 2026, la Secretaría realizará una jornada para explicar los requisitos, documentos necesarios y condiciones que debe cumplir la vivienda.
La atención será:
Lugar: Auditorio de la Secretaría Distrital del Hábitat, carrera 13 # 52-13, Bogotá.
Horario: de 9:00 a. m. a 4:00 p. m.
Duración aproximada de cada orientación: 30 minutos.
La actividad es especialmente útil para quienes tengan dudas antes de presentar su documentación.
¿Quiénes pueden solicitar el subsidio?
No todos los hogares de Bogotá pueden acceder automáticamente. El programa está focalizado en determinados grupos poblacionales.
Entre los potenciales beneficiarios se encuentran:
- Mujeres víctimas de violencia intrafamiliar o en riesgo de feminicidio.
- Víctimas del conflicto armado.
- Personas adultas mayores.
- Víctimas de emergencias o desastres ocurridos dentro del periodo establecido por el programa.
- Recuperadores de residuos reciclables inscritos en el RURO de la UAESP.
- Hogares pertenecientes a grupos étnicos.
La reglamentación permite que cada convocatoria sea focalizada hacia uno o varios de estos grupos, por lo que pertenecer a una de estas poblaciones no significa que el beneficio sea asignado automáticamente.
Requisitos para acceder a Arrendamiento Temporal Solidario
Además de pertenecer a la población definida para la convocatoria, el hogar debe cumplir las condiciones generales establecidas por el Distrito.
La persona que ejerza la jefatura del hogar debe ser mayor de edad y los ingresos acreditados deben ser de hasta un salario mínimo legal mensual vigente.
Asimismo, ningún integrante puede ser propietario de vivienda en Colombia, salvo las excepciones contempladas por la normativa, ni haber recibido previamente un subsidio de vivienda que haya sido efectivamente aplicado.
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¿Qué documentos se necesitan?
Este es uno de los puntos que conviene preparar con anticipación. De acuerdo con la información actualmente publicada por la Secretaría del Hábitat, para la postulación pueden solicitarse documentos como:
- Identificación de los integrantes mayores de edad.
- Certificado laboral o manifestación de ingresos independientes.
- Declaración juramentada de no ingresos, cuando corresponda.
- Contrato de arrendamiento vigente.
- Recibos recientes de agua y energía.
- Fotografías de la fachada y del interior del inmueble.
- Soporte que demuestre la pertenencia al grupo poblacional correspondiente.
- Certificación bancaria del arrendatario.
- Matrícula inmobiliaria y CHIP del inmueble.
Para algunos documentos relacionados con ingresos, la entidad establece una fecha de expedición no superior a 30 días, por lo que resulta conveniente revisar su vigencia antes de cargarlos.
La vivienda también debe cumplir condiciones
Este punto es importante porque no basta con que la familia reúna los requisitos.
El inmueble presentado debe constituir una unidad habitacional independiente, encontrarse en un sector legalizado y tener condiciones mínimas de habitabilidad.
Además, debe pasar por el proceso de verificación y habilitación de la Secretaría Distrital del Hábitat.
Por esta razón, habitaciones e inquilinatos no aplican para esta modalidad.
¿Cómo inscribirse al subsidio de arriendo?
Una vez se habilite la nueva convocatoria, los hogares interesados deberán realizar el proceso establecido por la Secretaría Distrital del Hábitat, presentar la documentación requerida y cumplir con las condiciones establecidas para el programa.
La entidad también verificará la información del hogar y las características de la vivienda que será objeto del apoyo antes de determinar la asignación del beneficio.
Importante: la postulación no significa que el subsidio sea aprobado automáticamente. Los hogares deberán superar el proceso de verificación y cumplir con los criterios definidos para la convocatoria.
Consulte el proceso de inscripción
INSCRIPCIÓN E INFORMACIÓN DE ARRENDAMIENTO TEMPORAL SOLIDARIO
¿Cómo seleccionan a los beneficiarios?
Cumplir los requisitos permite participar, pero no garantiza la asignación.
La Secretaría contempla criterios adicionales de priorización, entre ellos hogares monoparentales, personas cuidadoras, jóvenes jefes de hogar entre 18 y 28 años, familias con integrantes adultos mayores o con discapacidad, grupos étnicos y otras situaciones definidas en la reglamentación.
Esto permite organizar las solicitudes cuando la cantidad de hogares que cumplen las condiciones supera los recursos o cupos disponibles.
¿Dónde consignan el dinero?
Según la información vigente del programa, el desembolso puede realizarse en la cuenta bancaria registrada para recibir el beneficio.
Durante la ejecución también existen mecanismos para comprobar que los recursos realmente sean utilizados para pagar el alquiler. La Secretaría puede solicitar declaraciones y soportes que acrediten el cumplimiento de esta obligación.
¿Hay que tener ahorro para postularse?
No. Para la modalidad de Arrendamiento Temporal Solidario, la Secretaría señala expresamente que no es necesario aportar ahorro como condición para acceder al beneficio.
¿La inscripción tiene algún costo?
No. La inscripción al programa es gratuita y debe realizarse únicamente a través de los canales establecidos por la Secretaría Distrital del Hábitat.
La entidad recomienda a las personas interesadas no acudir a intermediarios ni realizar pagos para acceder al proceso. Antes de entregar información personal o documentos, es importante verificar que el trámite se esté realizando mediante los canales oficiales.
Canales de atención de la Secretaría Distrital del Hábitat
Si tiene dudas sobre el subsidio de Arrendamiento Temporal Solidario 2026, los ciudadanos pueden comunicarse directamente con la Secretaría Distrital del Hábitat a través de sus canales oficiales:
- Línea de atención: (601) 358 1600
- Línea 195: información y orientación sobre trámites y servicios del Distrito.
- Atención presencial: Carrera 13 # 52-13, Bogotá.
- Horario de atención: lunes a viernes, de 7:00 a. m. a 4:30 p. m.
También puede consultar directamente la información y novedades del programa en el portal oficial:

